Como explicamos en un post anterior, el 1 de julio de 2009 se completó el proceso de liberalización de sector eléctrico español con la desaparición del mercado regulado y las tarifas integrales. En ese momento se creó la Tarifa de Último Recurso, a la que pueden acogerse los consumidores con potencia contratada inferior a 10 kW, pero además se creó un mecanismo adicional de protección para colectivos vulnerables acogidos a la Tarifa de Último Recurso, el denominado Bono Social (RDL 6/2009).
El Bono Social se configura como una protección adicional del derecho al suministro de electricidad, cubriendo la diferencia entre el valor de la Tarifa de Último Recurso y un valor de referencia, denominado Tarifa Reducida, siendo las empresas titulares de instalaciones de generación de electricidad las responsables de financiarlo. Inicialmente, y hasta 2012, se fijó como Tarifa Reducida la vigente en el momento de entrada en vigor del Bono Social.
El RDL 6/2009, en su artículo 2, establece que tendrán derecho al Bono Social determinados consumidores de electricidad acogidos a la Tarifa de Último Recurso que cumplan con las características sociales, de consumo y poder adquisitivo determinadas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, indicando que para ello se deberá establecer un umbral referenciado a un indicador de renta per cápita familiar. Ante la imposibilidad de desarrollar lo previsto en este artículo antes de la entrada en vigor del Bono Social, este RDL incluía una disposición transitoria en la que se determinaban los consumidores que inicialmente se podrían acoger al Bono Social. Así, establecía que tendrían derecho al Bono Social en su vivienda habitual las personas físicas con potencia contratada inferior a 3kW, los pensionistas mayores de 60 que reciban la pensión mínima por jubilación, incapacidad permanente o viuvedad, las familias numerosas y las familias con todos sus miembros desempleados.
Sin embargo, el desarrollo del citado artículo aún no se ha producido, por lo que en la actualidad siguen siendo estos colectivos los beneficiarios del Bono Social. En julio de este año, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley para modificar la Ley del Sector Eléctrico, adaptándola a la Directiva 2009/72/CE, y en él se recoge el concepto de consumidores vulnerables, que serán los que tendrán derecho al Bono Social (o como se denomine en la nueva legislación), pero no define los requisitos para pertenecer a esta categoría, remitiéndonos a los requisitos para acceder al Bono Social hasta que se desarrolle la regulación.
En este contexto, la semana pasada la Comisión Nacional de Energía le sugirió al Gobierno que aproveche la revisión del decreto que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro de energía eléctrica para vincular el Bono Social a criterios de renta, tal y como estaba previsto, y no a los criterios actuales. El Bono Social está pensado para garantizar el acceso a la electricidad de las familias desfavorecidas con escasos recursos que tendrían dificultades para acceder a la electricidad, así como para aminorar los efectos regresivos sobre la distribución de la renta de los incrementos en los precios (ya que los hogares con menor renta destinan una mayor proporción de la misma a energía) y, por tanto, es fundamental vincularlo alguna medida de la renta de las familias, ya que con los criterios actuales estamos subvencionando la electricidad a familias que no necesariamente tienen un nivel de renta bajo (por ejemplo, una familia de multimillonarios que tenga tres hijos o ciudadanos con pensiones mínimas pero que disponen de otras rentas), familias que no tendrían ningún problema para acceder a la electricidad en ausencia del Bono Social. En este sentido, se podría utilizar algún indicador de pobreza energética para decidir que hogares tienen derecho al Bono Social.
De todos modos, los resultados de la literatura (véase Labandeira y Labeaga, 1999, o Labandeira, 2011) muestran que los efectos distributivos de mayores precios de la energía en España son poco importantes y menos marcados que los observados en otros países de nuestro entorno. Además, teniendo en cuenta los problemas ambientales asociados a la electricidad, es fundamental que el precio de ésta refleje sus costes para fomentar la eficiencia energética y evitar el derroche. Por ello, habría que pensar en otras medidas que permitiesen que estas familias de escasos ingresos pudiesen tener acceso a la electricidad pero sin distorsionar la señal de precios, como podrían ser transferencias de suma fija por un porcentaje de su gasto medio estimado en electricidad.
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