Los edificios son un importante consumidor de energía, por lo que se hacen necesarias normas constructivas para el correcto consumo de está; mediante requisitos mínimos de fuentes de energía renovable, eficiencia o ahorro energético. Estas exigencias, entre otras, se recogen en el Real Decreto (RD) 314/2006 por el que se aprobó el Código Técnico de la Edificación (CTE). Con el CTE se renovaron y ampliaron los requisitos básicos de calidad de la edificación.
Pues bien, la semana pasada se aprobó la actualización del Documento Básico DB-HE de “Ahorro de Energía”, transponiendo parte de las Directivas 2010/31/UE y 2009/28/UE, y cumpliendo así con el propio CTE, que ordena ajustar este marco normativo periódicamente a la evolución de la tecnología y sociedad.
El DB-HE se divide en las siguientes exigencias básicas de ahorro de energía:
- HE 0 Limitación del consumo energético
- HE 1 Limitación de la demanda energética
- HE 2 Rendimiento de las instalaciones térmicas
- HE 3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
- HE 4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria
- HE 5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica
El endurecimiento de los requisitos para mejorar el ahorro de energía es parte de una transición (ver figura) hacia el denominado “edificio de consumo de energía casi nulo” (nearly zero energy building). La citada Directiva 2010/31/UE obliga a que, antes de finales de 2020, todos los edificios construidos deben tener un consumo de energía casi nulo. En el caso de los edificios públicos se adelanta la fecha a finales de 2018.
Esquema de la evolución de la normativa en edificación. Fuente: IDAE. |
Uno de principales cambios tiene que ver con la incorporación de criterios de aplicación nuevos para inmuebles ya existentes, a los cuales se les obliga a cumplir con los actualizados valores del CTE cuando se incrementa la superficie o volumen de los mismos. Estos nuevos valores incrementan los requisitos de aislamiento o limitan el consumo de energía no renovable (resumen).
Esta actualización llega después de que el pasado abril se aprobara el Real Decreto por el cual se obliga a todos los propietarios de viviendas o de pequeño o gran comercio a disponer de un certificado de eficiencia energética cuando vayan a vender o alquilar su edificación. Este nuevo instrumento ya ha sido analizado en el blog (ver aquí o aquí). Por desgracia, su implementación no está evolucionando todo lo bien que cabría esperar.
El avance hacía un mejor aprovechamiento de la energía, en este caso en el sector de la edificación, siempre es una buena noticia. Sin embargo, dado que en España el parque residencial está desbordado por el boom inmobiliario, que además fue construido, gran parte, antes de la entrada en vigor del CTE, es de prever que, tanto la anterior como la actual DB-HE, no tengan una gran penetración. Por esto es tan importante la introducción de objetivos de eficiencia en la rehabilitación de viviendas.
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